sábado, 5 de enero de 2013

¿Cómo se hace?

Requisitos para realizar la apostasía en Valladolid
  
• 1º Saber el nombre y dirección de la parroquia de bautismo. 
• 2º Pedir cita al vicario general, Luis Argüello, que será quien le atienda, llamando al 983 21 79 27.
• 3º Realizar copia compulsada del DNI (sólo cuesta la fotocopia, la compulsión es gratuita).
• 4º Rellenar y entregar de forma efectiva un escrito al Obispo solicitando el deseo de apostatar. Hay diversos modelos. Nosotros proponemos este modelo de escrito.

Notas importantes: la partida de bautismo no hace falta.
Cuando apostatas, entregas un escrito en el que se incluyen los datos de la parroquia en la que fuiste bautizado. Dado que tienes voluntad de apostatar no tendría sentido que falsearas los datos. Por tanto, la partida de bautismo no es necesaria, y si te la piden, te están intentando poner una traba absurda. Además cuesta dinero.

Hay 2 posibilidades eficaces. Una barata y otra bastante más cara. Las exponemos por orden de economía:


a) Opción barata: consiste en ir en persona. Consta de los siguientes tres pasos marcados en el mapa (y un cuarto paso adicional de comprobación):

  • 1º Hacer una copia del DNI (segundos). En cualquier copistería. Marcamos una en el mapa por su cercanía con el Arzobispado de Valladolid.
  • Compulsar el DNI (1 minuto). Se compulsa en el mismo lugar en que se hace o se renueva (Calle Fray Luis de Granada, entre San Pablo y Torrecilla, justo enfrente de la casa de Zorrilla).
  • Intercambiar el ESCRITOla copia del DNI por una certificación de la solicitud de apostasía en el Arzobispado de Valladolid (detrás del Teatro Calderón) (10 minutos).

  • Nota muy importante: dirigirse al cargo competente, que ahora es el vicario general, cuya oficina se encuentra pasando la recepción según se entra al arzobispado a la derecha. Hay que pedir cita llamando al 983 21 79 27.
  • Anteriormente había que ir al señor fiscal. Adjuntamos un pequeño plano donde se observa el camino para llegar a la oficina del Sr. Fiscal, situada en las salas de Tribunales. NO entre en la Sala 1. En ella no atienden apostasías y le tratarán de persuadir de que nadie se encarga de ello. 


  • Comprobación: al cabo de un tiempo (no demasiado, quizá un mes) se debe comprobar que el trámite ha sido realizado con la prontitud que se exige. Para ello, debe uno dirigirse a la parroquia de bautismo y pedir que te dejen ver tu partida de bautismo. Debe constar una nota marginal que atestigüe que eres apóstata.
  •  Nota: la partida de bautismo no se elimina. En su lugar, se actualiza añadiéndosele una nota al margen.

b) Cara: enviar documentos vía burofax y esperar respuesta. Es un método eficaz porque el burofax es como una carta telemática certificada. Se envía desde correos. Consultar precios burofax.

Algunos motivos para apostatar:

Por supuesto, cada individuo, único e irrepetible tendrá sus propios motivos. Nos limitamos a exponer algunos posibles.

1º Ejercicio real del derecho a la libertad de conciencia y culto. Recordemos que la libertad es la capacidad de elegir.

2º Sabemos que las decisiones individuales afectan al entorno y tienen un impacto. Actuar en coherencia a lo que uno piensa redunda en el bien común. Aceptar la responsabilidad como ciudadano activo y crítico.

3º Ser ejemplo. Supone no ser indiferente y propiciar cambios sociales, puesto que sí se puede. 

4º Ruptura con lo absurdo de

  • hacer cosas por tradición (desde cuándo, por qué y para qué se hacen),
  • porque las hace la mayoría (no tiene por qué ser razonable),
  • o porque le hace ilusión a la abuela (que la abuela piense en respetar a los nietos).

¿Cuáles son los objetivos a largo plazo?

Tenemos dos objetivos muy claros:

  1. Coincide con el primer motivo expuesto. Ejercicio real del derecho a la libertad de conciencia y culto. Hoy por hoy, se ve vulnerado, ya que es virtualmente imposible "borrarse de la iglesia". Esto contradice derechos humanos y constitucionales. Es una realidad injusta que hay que cambiar.
  2. Lograr justicia presupuestaria. La institución de la iglesia católica dispone de una cantidad de recursos desmesurada para la cantidad de fieles que disfruta de sus servicios. Recibe muchos más aportes que los de "la casilla", entre los cuales se encuentran privilegios como exenciones de impuestos.
No es un camino corto, lo sabemos, pero los cambios no suceden automáticamente, los provocan los ciudadanos activos. ¿Está dispuesto a aceptar el desafío? Justipréciese, no permita que le persuadan de que su acción no cuenta.

La apostasía, que consiste en la renuncia del dogma, es tan sólo un primer paso. La iglesia, aunque usted no quiera, le sigue considerando miembro. Para la iglesia será usted miembro en rebeldía.
Sin embargo, si somos muchos los apóstatas quedará patente un descontento y un deseo de no pertenencia incuestionable. Por cada apóstata, el derecho de cancelación está más próximo.
Por último, una vez que se dibuje el mapa real de la fidelidad a la institución eclesiástica (que es diferente de la fidelidad a una fe), tendremos todos los argumentos a nuestro favor para demoler unos privilegios injustificados que perjudican al contribuyente.

Apostasía -> Cancelación -> Justicia presupuestaria.

Desarrollo de los objetivos:


Primer objetivo:
Respeto a la libertad de futuras generaciones de elegir la no pertenencia a un credo predeterminado que es un derecho incuestionable de todos los ciudadanos reconocido legalmente en distintos apartados del artículo 16 de la Constitución Española, así como en el artículo 18 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, pero que la iglesia se salta a la torera olímpica.

Segundo objetivo:
Lograr justicia en los presupuestos del Estado.
Recordemos que la famosa "casilla" en la declaración es sólo un extra:

La iglesia:
  • no declara a hacienda por los sueldos del clero,
  • no paga impuesto de transmisiones,
  • ni impuestos por actos jurídicos documentados,
  • ni impuesto de sociedades,
  • ni IVA,
  • ni IBI,
  • ni IRPF.
Recibe aportaciones:
  • del Estado por los acuerdos con el Vaticano,
  • de distintos Ministerios,
  • de Comunidades Autónomas.
Hay:
  • 32.000 curas,
  • y 15.000 profesores de religión elegidos por obispos.
Además:
  • toda la restauración de su patrimonio corre a cuenta del Estado,
  • y goza de un patrimonio de bienes inmuebles muy superior al del propio Estado.
Y por si fuera poco:
  • cobra por bautizos, 
  • bodas, 
  • y funerales.
Tampoco olvidemos que no ha sido recortada en detrimento de educación y sanidad.

Póngase a prueba con este sencillo cuestionario:

¿Quién lo paga?
  • a) Yo.
  • b) Yo.
  • c) Yo.

¿Cómo justifica estos privilegios? Alegando que la mayoría de los españoles es católica.

¿Qué dato tiene en cuenta? Los bautizos. En 2009, el número de bautizados era de 42.470.000, el 92,5% de la población española.

¿Pero es cierto que 92,5% de bautizados es sinónimo de 92,5% de fieles?

Veamos. En 2009:
  • El 75,6% se declaraba católico.
  • El 44,2% casi nunca iba a la iglesia.
  • Tan sólo el 11,7% era practicante (iba a la iglesia al menos una vez por semana).
  • La relación por tanto es de 11,7% de fieles para un 92,5% de bautizados.

¿Le parece justo que mantengan sus privilegios utilizando una mentira?
A nosotros nos parece INMORAL.

¿Cuál no es el objetivo?


-No se pretende erradicar las religiones (es distinto creer en algo a registrarse en una institución).
-No se pretende promover la intolerancia.

Nuestra filosofía.

Sí se puede. Hay que luchar y no hay que rendirse. Las cosas no suceden solas. Las personas las hacemos posibles. Todos contamos y somos importantes, y nuestras acciones tienen repercusión colectiva.  Ellos no descansan y no van a descansar. Nosotros tampoco nos vamos a relajar y no vamos a dejar que nos sigan robando.

¿Por qué esperar? ¿A qué esperar?

• No a la queja hueca del desahogo. Sí a la queja activa y eficaz. Las acciones con un objetivo concreto y claro triunfan.

• Somos críticos, responsables y realistas. Buscamos resultados, tanto a medio como a largo plazo.

Situación legal.

"Legal no es sinónimo de justo".

Con el fin de hacer efectivo el derecho a "borrarse" definitivamente de la iglesia y, ante la negativa de ésta (arzobispados de Madrid y Valencia en concreto), varias personas recurrieron al amparo de la AEDP.
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) vela por el cumplimiento de los derechos ARCO. A saber:
  • Acceso.
  • Rectificación.
  • Cancelación.
  • Oposición.
Lo que estas personas reclamaban era la cancelación de sus datos contenidos en las partidas de bautismo.
Tras una primera victoria, los arzobispados recurrieron la sentencia varias veces hasta que el Tribunal Constitucional sentenció en 2008 que los libros de bautismo no eran competencia de la AEPD.
Se concluyó que los libros de bautismo no se consideran ficheros, no son bases de datos organizadas. Además son considerados una especie de registro histórico indeleble.
Por ello, el derecho de cancelación no se puede ejercer sobre los libros de bautismo. Por lo que, de momento, es imposible borrarse de la iglesia.

Lo más próximo a la ruptura es la apostasía.

El apóstata es considerado por la iglesia un miembro en rebeldía, pero miembro al fin y al cabo.

Por eso, nosotros recomendamos encarecidamente no registrar la partida de bautismo aunque se celebre el feliz acontecimiento de un nacimiento, para no condenar a sus hijos a pertenecer a una institución de la que quizá no quieran formar parte, y de la que no pueden desligarse aunque renuncien a ella.

Una de las posibles acciones alternativas o paralelas a la apostasía:


En caso de que la iglesia siga negando el derecho a cancelación, exigir la creación de un registro civil paralelo que permita un abandono de la iglesia a efectos legales y estadísticos con arreglo a la protección de datos, para evitar su utilización interesada.